¿Qué implica el procedimiento disciplinario inmediato impuesto por la JNJ a la fiscal de la Nación?

Junta Nacional de Justicia debe seguir un reglamento. Resoluciones son inimpugnables una vez abierto el proceso. Plazo para descargos es de diez días

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La Junta Nacional de Justicia (JNJ) abrió este martes un procedimiento disciplinario inmediato a la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, un día después de conocerse la existencia de una supuesta organización criminal cuya cabecilla sería la titular del Ministerio Público.

De acuerdo al Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ se determina que, “tanto la resolución que abre el procedimiento disciplinario inmediato, como la que lo amplía son inimpugnables”.

La JNJ como organismo constitucional está facultado a iniciar este tipo de procedimientos prescindiendo de una investigación preliminar, de forma excepcional, cuando se cumplan dos supuestos contemplados en el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ.

El primer supuesto señala una conducta notoriamente irregular con prueba evidente, que es la comisión de una infracción disciplinaria muy grave establecida por ley. Es susceptible de ser sancionada con destitución, manifestada en hechos notoriamente evidentes, de conocimiento público.

El segundo indica la comisión de una flagrante falta disciplinaria muy grave, establecida por ley, susceptible de ser sancionada con destitución, si se detecta en el momento en que se está ejecutando.

¿Qué sigue en el procedimiento?

Sobre la ampliación del procedimiento disciplinario inmediato, se señala que esta procede “por la complementación de la tipificación de la falta disciplinaria”. Esta ampliación se notifica a la persona investigada para que tome conocimiento de la misma y presente sus descargos.

Como se indica en el reglamento, tanto la resolución que abre el procedimiento disciplinario inmediato, como la que lo amplía son inimpugnables.

La resolución que abre un procedimiento disciplinario contiene la identificación de la persona investigada o los investigados. Los hechos y cargos que motivan la apertura del procedimiento disciplinario inmediato. Además del requerimiento de apersonarse al procedimiento, la fiscal debe presentar por escrito su descargo dentro del plazo de 10 días.

También se indica que el/la miembro instructor(a) está a cargo de la conducción del procedimiento.

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