Arequipa: suspenden entrega de licencias para motocicletas en la MPA

Interrupción del servicio responde a normativa del MTC. Se desconoce la fecha en que se reanudarán estos trámites en la Municipalidad Provincial de Arequipa.

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La Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA) informó de la suspensión del servicio de trámite de licencias de conducir de clase B, correspondientes a vehículos de dos o tres ruedas de la jurisdicción.

Mediante comunicado difundido en las redes sociales de la comuna, se especificó que la interrupción del servicio entrará en rigor desde este lunes 19 de julio. Empero, no se estipula la fecha en que se retomarán las gestiones en la subgerencia de Circulación y Educación Vial, encargada de tramitar las licencias.

El motivo de la pausa en la entrega de licencias es una actualización de información que la Municipalidad de Arequipa está obligada a realizar en el Sistema Nacional de Conductores (SNC). Se trata de una plataforma del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) donde se registra toda la información sobre el proceso de otorgamiento de licencias de conducir.

La plataforma incluye los resultados de evaluaciones médicas y psicológicas de los postulantes. Así como las horas de formación y los resultados de las evaluaciones de conocimientos y habilidades en la conducción de vehículos.

La disposición responde a los señalado en la Resolución Directoral Nº 15-2021-MTC/18, que ordena la actualización. De acuerdo con la MPA, el uso del sistema es crucial pues permite optimizar el control y transparencia en la entrega de licencias de conducir.

Requisitos para obtener licencia de conducir clase B en Arequipa

De acuerdo con el portal del MTC, los requisitos para obtener estos permisos son los siguientes:

  1. Presentar el formulario con carácter de declaración jurada, aprobado por la DGTT mediante Resolución Directoral. En el que se consignen los datos personales del solicitante, debidamente llenado y suscrito.
  2. Edad mínima, 18 años.
  3. Declaración jurada de no estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos del transporte terrestre.
  4. Certificado de salud para licencias de conducir, expedido y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
  5. Constancia de Finalización del Programa de Formación de Conductores – COFIPRO, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
  6. Aprobación del examen de conocimientos, previamente registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
  7. Aprobación del examen de habilidades en la conducción para la categoría, previamente registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
  8. Pago por derecho de tramitación.

Finalmente, en todos los casos se deberá verificar en el Registro Nacional de Sanciones que el postulante no se encuentra inhabilitado o suspendido.

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Autor

  • Semanario El Búho

    Las notas publicadas por “Semanario El Búho” fueron elaboradas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del equipo editorial. Conozca más en https://elbuho.pe/quienes-somos/.

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