La congresista fujimorista Patricia Juárez, presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso desde el 10 de agosto, está realizando una serie de reformas a la Constitución que, en el discurso, es intocable. No obstante, está siendo modificada en aras de una supuesta salvaguarda de la democracia, en observancia a la pandemia entre otros argumentos. Y aunque sus iniciativas han cambiado algunos artículos de la Carta Magna, insiste en que son solo de carácter “temporal”.
Pese a que se define a sí misma como “defensora de la libertad, la democracia y la Constitución de 1993”, son varias ya las “reformas constitucionales” que ha logrado concretar en algunos artículos de la “Ley de leyes” como el 133, sobre la cuestión de confianza; o sobre la creación de un organismo constitucionalmente autónomo para “controlar” el Indecopi, entre otras que tratan de restarle facultades al Poder Ejecutivo.
Así por ejemplo, con solo once votos a favor, seis en contra y una abstención, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó este viernes el dictamen de la Ley que -en la práctica- recorta el derecho de los ciudadanos para la participación a través de un referéndum y el proceso mismo de reforma constitucional. Pero su promotora, Patricia Juárez insiste en que “fortalece el proceso de aprobación de leyes regulado en los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los derechos de participación y control ciudadanos.
Limita al presidente de la República en los casos en los que puede convocar a procesos electorales
Así, con una comisión de 18 personas y sin mayor debate, la Carta Magna de 1993 está siendo modificada. El último proyecto se acordó en la sesión de este viernes 26, dirigida por Juárez, quien sustentó el dictamen recaído del Proyecto de Ley 0644/2021.
“De ninguna manera la proyectada norma estaría quitando ningún derecho ciudadano, porque estos permanecen inalterables y están consagrados en la Constitución Política. Más bien, lo que se está haciendo es una interpretación. No se trata de un recorte ciudadano, de ninguna manera. De ninguna manera este Congreso ni la comisión está negando un derecho a la participación ciudadana”, enfatizó.
Explicó que la medida le permitirá contar al Estado con un ordenamiento jurídico que de manera precisa “regule instituciones, tales como el referéndum y el proceso de reforma constitucional”. De igual manera, el Poder Ejecutivo contará con un ordenamiento jurídico que de forma precisa establece en qué casos el presidente de la República es la autoridad encargada de convocar a procesos electorales.
Solo Congreso aprobará –siempre- las reformas constitucionales
“Así, la propuesta permitirá consolidar la competencia del Congreso de la República para aprobar previamente –y siempre– las reformas constitucionales”, dijo Juárez. Señaló que también beneficiará al ciudadano brindándole predictibilidad y seguridad jurídica para el ejercicio de sus derechos de participación ciudadana.
Y sobre la modificación del artículo 40 referido a la improcedencia de referéndum, el PL señala que no pueden someterse a referéndum las materias y normas a las que se refiere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución. Agrega que, “ni aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.
Por otro lado, en los cambios del artículo 44 sobre la autoridad que convoca a referéndum, se precisa que la convocatoria a referéndum corresponde efectuarla a la autoridad electoral en plazo no mayor de cuatro meses después de acreditadas las respectivas iniciativas. Y se agrega, “salvo que se trate de una reforma constitucional, en cuyo caso lo convoca el presidente de la República, por disposición del Congreso, de conformidad con el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.
Congresistas advierten que cambios terminarán en el TC
Antes de la aprobación del dictamen, se rechazó una cuestión previa planteada por el congresista José Jerí Oré (SP). El legislador pidió que se amplíe el debate y posteriormente se vote, propuesta que fue respaldada por su colega José Balcázar Zelada (PL).
Por su parte, el congresista Jaime Quito Sarmiento (PL) propuso que se invite a los juristas Francisco Eguiguren y Aníbal Torres; en tanto que Guido Bellido Ugarte (PL) recomendó que se invite a especialistas de la Onpe y el JNE.
Durante el debate, el congresista Víctor Raúl Cutipa Ccama (PL) advirtió a sus colegas que hay que tener mucho cuidado porque se va contravenir con lo que dice la Constitución.
“De aprobarse, estoy seguro que terminará en el Tribunal Constitucional”, agregó al tiempo de afirmar que “lo que se busca es que el poder constituyente ya no esté en manos del pueblo”.
“Si aceptamos lo que dice el congresista Cutipa estaríamos negando nuestro estado de derecho y nuestro sistema democrático”, opinó Adriana Tudela (Avanza País).
A su turno, la congresista Gladys Echaíz (APP) indicó que pensaba que la propuesta legislativa era innecesaria porque la Constitución es clara y precisa en cuanto a los derechos que reconoce. Es decir, cómo y cuándo procede una reforma constitucional y cómo y cuándo debe irse a un referéndum. Sin embrago, opinó lo siguiente: “Creo que sí es necesario explicar lo que ya está claro en la Constitución para hacer entendible la norma constitucional”.
Otra reforma constitucional para el Indecopi
La misma Comisión aprobó el dictamen de los proyectos de ley 0193/2021-CR, 0555/2021-CR y 656/2021-CR, Ley de reforma constitucional que eleva al Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-Indecopi como Organismo Constitucional Autónomo. Este proyecto fue presentado en el Congreso anterior por Zenaida Solís del Partido Morado, y al parecer lo han tomado y continuado.
Juárez afirmó que se plantea esta reforma constitucional que incorpora el artículo 65-A a la Constitución Política del Perú. Con la finalidad de resolver “la falta de autonomía real” del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Pues por ley, esta se encuentra adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros.
“Se propone mejorar el proceso de selección del consejo directivo de Indecopi, reemplazándolo por un concurso público de méritos. Estará a cargo de un comité evaluador con la participación de distintas entidades autónomas del Estado”, dijo la legisladora. Aseguró que con ello se busca “reducir la injerencia política de un solo poder y prevenir el surgimiento de relaciones indebidas que pudieran motivar actos de corrupción”.
Antes de aprobar reforma rechazaron una cuestión previa
Agregó que se propone la ratificación de los candidatos seleccionados por el comité evaluador, por la Comisión Permanente del Congreso de la República.
Antes de la aprobación, fue rechazada una cuestión previa planteada por el congresista José Luis Elías Avalos (PP). El parlamentario consideró que la propuesta debería ser mejor estudiada y que se invite a especialistas.
“El Congreso no tiene iniciativa de gasto y el convertir a Indecopi en superintendencia va a generar gasto. Quizás debe de haber una opinión del Ministerio de Economía”, opinó.
¿Y cómo lo hace?
Preguntándose cómo es que Patricia Juárez presenta estos cambios a la Constitución y sobre tan variados tópicos, hay que volver hacia su primera Sesión Ordinaria, del martes 24 de agosto de 2021. En ésta presentó su Plan de Trabajo que lo dividió en Lineamientos temáticos. En el ámbito legislativo y en el del control político. Y como en todas sus exposiciones, poniendo por delante que “se hacen sobre la base de un profundo estudio y consultas técnicas a instituciones públicas y académicas, así como a expertos y a ciudadanía organizada”.
Dentro del ámbito legislativo ya planteaba reformas constitucionales para regular, mejorar y precisar los mecanismos políticos establecidos en la Constitución. “Con el fin de reestablecer y fortalecer el equilibrio de poderes” reza el documento. Asimismo, para precisar y mejorar aquellas disposiciones constitucionales que en la práctica no han logrado su finalidad. Esto, con el objetivo que resulten ser eficaces, así como corregir las limitaciones e ineficiencias que se pudieran identificar en la Constitución Política.
Otros de sus objetivos son fomentar y fortalecer el pleno ejercicio de los derechos fundamentales. A fin de asegurar que los peruanos puedan mejorar su calidad de vida. Así también, optimizar la organización y funcionamiento del Estado, con el fin de “facilitar las condiciones para el desarrollo de sus funciones de forma más efectiva”.
También quieren mejorar el uso eficiente de prerrogativas parlamentarias
En sus últimos propósitos señala mejorar los mecanismos de elección y permanencia de las autoridades que hayan realizado una óptima gestión reconocida por la ciudadanía. Para esto, proponen fomentar medidas de prevención y de sanción para quienes atenten contra los bienes e intereses del Estado. Y, por último, precisar y complementar el uso y ámbito de las prerrogativas parlamentarias tales como la inviolabilidad de voto y opinión, el antejuicio y juicio político.
También planteó, junto a los miembros de la Comisión, reformas electorales bajo nueve objetivos y reformas legales con cuatro objetivos. Para las reformas al Reglamento del Congreso hay otras cuatro finalidades, entre ellas, mejorar los mecanismos de control político. Además, desarrollar y mejorar el uso eficiente de las prerrogativas parlamentarias, como la inviolabilidad de voto y opinión, la acusación constitucional.
Asimismo, complementar y precisar los procedimientos de elección y remoción de autoridades, a cargo del Congreso de la República. Y finalmente, optimizar los procedimientos parlamentarios, volviéndolos más ágiles, eficientes y efectivos, sin vulnerar o transgredir el debido proceso parlamentario.
Continuarán trabajo pendiente del Congreso anterior
Y en ámbito del control político, señalando el compromiso de revisar y controlar la constitucionalidad de los decretos de urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo. Así también de los decretos legislativos que pudiera aprobar con motivo de la autorización legislativa de delegación respectiva. Y de los tratados internacionales ejecutivos aprobados, asegurando que tengan vigencia aquellos emitidos conforme a los parámetros constitucionales y reglamentarios establecidos, retirando aquellas normas que tengan vicios de inconstitucionalidad.
En ese sentido, también se continuará con el trabajo de control constitucional pendiente del anterior Congreso. A la fecha, representan un total de 332 normas para ser dictaminadas.
El siguiente cuadro grafica el total de normas ingresadas a la Comisión de Constitución y Reglamento para evaluación constitucional, así como las que quedaron pendiente de dictamen.
Consejo Consultivo que apoya a la Comisión Juárez
Según indicó Patricia Juárez, en el proceso de estudio, debate y toma de decisiones, es de suma importancia contar con asesoría técnica especializada. La reciben de “prestigiosos y reconocidos profesionales especialistas en derecho constitucional, peritos comprometidos con la defensa de la democracia y el Estado Constitucional de Derecho”, así como con expertos de derecho parlamentario y derecho electoral que puedan apoyar en el proceso de mejora de la calidad de las leyes.
Para ello, durante el periodo anual de sesiones 2021-2022, se conformó un consejo consultivo ad honorem con los profesionales y especialistas de mayor experiencia y reconocimiento académico, quienes nos apoyarán de forma solidaria en un responsable trabajo legislativo que en esta oportunidad nos toca cumplir, en atención a los compromisos asumidos con el pueblo y con nuestra Constitución. Podría decirse que las reformas constitucionales son “aprobadas” por estos peritos.
Los especialistas a quienes se les cursó invitación para integrar el Consejo Consultivo de esta Comisión, desde el 31 de agosto de 2021 son; Ernesto Álvarez Miranda, Elena Alvites Alvites, Natale Amprimo Plá, Carlos Blancas Bustamante, Alberto Borea Odría, Ana Camaiora Iturriaga, Milagros Campos Ramos, Edgard Carpio Marcos; Luis Castillo Córdova, Alberto Cruces Burga, Hugo Delgado Alvizuri, César Delgado Guembes, Ángel Delgado Silva, Francisco Eguiguren Praeli, Gerardo Eto Cruz y Raúl Ferrero Costa.
Lourdes Flores, Óscar Urviola, Beatriz Merino también integran consejo
Así también, Lourdes Flores Nano, Domingo García Belaúnde, Víctor García Toma, Lucas Ghersi Murillo, Enrique Ghersi Silva, Pedro Grández Castro; Gustavo Gutiérrez Ticse, Carlos Hakansson Nieto, César Landa Arroyo, Beatriz Merino Lucero, Delia Muñoz Muñoz, Ana Neyra Zegarra, Dante Paiva Goyburu, José Palomino Manchego; Aníbal Quiroga León, Beatriz Ramírez Huaroto, Delia Revoredo Marsano, Alejandro Rospigliosi Vega, Ricardo Tanaka Gondo, Óscar Urviola Hani y José Villalobos Campana.
Los ciudadanos o “el pueblo” al que usan unos y otros según sus propósitos deberíamos conocer si están conformes con estos especialistas; y los mecanismos de trabajo para saber, por ejemplo, si todos discuten las normas o reformas a proponer, de manera conjunta.
Los opositores al cambio de Constitución, la están cambiando en la práctica sin transparencia.
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