Toque de queda en Arequipa: estas son las medidas de restricción hasta el domingo 16 de enero

El gobierno actualizó las medidas de restricción y toque de queda en Arequipa y todo el Perú ante la llegada de la variante Ómicron.

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toque de queda en arequipa

El agresivo avance de la variante Ómicron en todo el Perú ha incrementado el número de contagios entre la población. Para mitigar la expansión de la tercera ola de la pandemia por la covid-19, el gobierno actualizó las medidas de restricción y toque de queda en Arequipa y otras localidades del territorio nacional.

Las ocho provincias del departamento continúan en el nivel de alerta ‘moderado’. Por ello, el horario del toque de queda que corresponde a Arequipa inicia a las 2:00 horas y concluye a las 4:00 horas, de lunes a domingo. Asimismo, se permite el uso de vehículos particulares los días domingo.

Estas disposiciones se hicieron oficiales mediante el Decreto Supremo 002-2022-PCM y tienen vigencia hasta el domingo 16 de enero. La norma señala que se permite el desplazamiento durante el toque de queda a las personas que requieren atención médica de urgencia. Del mismo modo, a quienes acuden a las jornadas de vacunación o se dirigen a adquirir medicamentos.

Por otra parte, es obligatoria la presentación del carnet de vacunación para acreditar el esquema de inmunización completo. Este documento es requisito para ingresar a cualquier establecimiento cerrado, ya sean espacios de culto o de actividades económicas. También se exige a las personas que hagan uso del transporte terrestre y aéreo. Lo mismo aplica para choferes y cobrados del transporte urbano y personas dedicadas al servicio de delivery de la ciudad blanca y de todo el país.

Multas por no respetar el toque de queda y restricciones

En caso se incumpla la inmovilización social obligatoria, la Policía Nacional del Perú está en potestad de sancionar al infractor. Los efectivos del orden pueden imponer una multa de 88 a 440 soles. Así lo señala el Decreto Legislativo Nº 1458. El infraccionado por recurrir la sanción ante las autoridades, siempre que esto sea debidamente argumentado.

La multa se paga ante el Banco de la Nación. Si no se hiciese en los cinco días hábiles posteriores, se quedará inhabilitado para hacer trámites ante entidades del Estado, ni acceder a los programas de ayuda económica como los bonos anunciados por el gobierno.

Los apercibimientos dispuestos son los siguientes:

  • Transitar por la vía pública sin pase laboral: 264 soles
  • Transitar por la vía pública sin usar mascarilla: 352 soles
  • Incumplir el distanciamiento social o formar aglomeraciones: 88 soles
  • Abandonar el domicilio durante el toque de queda: 440 soles
  • Circular por la calle durante el toque de queda: 396 soles

Restricciones de aforos en Arequipa y provincias en nivel de alerta moderado

Actividades en espacios cerrados:

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 60%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
  • Casinos y tragamonedas: 50%
  • Cines y artes escénicas: 60%
  • Bancos y otras entidades financieras: 60%
  • Templos y lugares de culto: 60%
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
  • Eventos empresariales y profesionales: 60%
  • Peluquería y Barberia: 60%
  • Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
  • Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
  • Gimnasios: 60%

Actividades en espacios abiertos

(Respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias)

  • Artes escénicas
  • Enseñanza cultural
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Baños termales al aire libre.
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales al aire libre
  • Mercados itinerantes
  • Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 30%

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Autor

  • Semanario El Búho

    Las notas publicadas por “Semanario El Búho” fueron elaboradas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del equipo editorial. Conozca más en https://elbuho.pe/quienes-somos/.

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