TC declara fundado habeas corpus de ciudadanos detenidos arbitrariamente por PNP

Tribunal Constitucional confirma recurso porque no hubo mandato judicial ni delito flagrante y se acreditó plenamente vulneración a la libertad individual

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El Tribunal Constitucional (TC) acreditó plenamente la vulneración al derecho a la libertad individual de Luis Enrique Rodríguez Gutiérrez y Katya Karina Vilca Jaramillo (quien llevaba a su hijo en brazos), cuando fueron detenidos por la Policía Nacional del Perú sin que exista un mandato escrito y motivado del juez ni tampoco flagrante delito, como lo establece la Constitución.

A través de su Sala Primera, el TC declaró fundada la demanda de habeas corpus interpuesta por Teresa Gutiérrez Espino a favor de su hijo Luis Enrique y de su nuera Katya Karina. La sentencia detalla que “los efectivos policiales detuvieron a la pareja por la presunta comisión del delito contra la administración pública, violencia y resistencia a la autoridad”.

Esto porque habrían evadido la intervención policial y conducido su vehículo por varias cuadras sin detenerse pese a la orden dada y pretender ingresar a un bazar, ignorando la presencia policial. Así también, negarse a identificarse, “siendo conducidos a la dependencia policial utilizando la fuerza”.

Si no quieren presentar DNI se puede denunciar a una persona pero no enmarrocarla

Según la sentencia del Tribunal, “si los intervenidos no quisieron exhibir su DNI, correspondía denunciarlos. Por la comisión del delito de desobediencia o resistencia a la orden impartida, pero “no enmarrocarlos y conducirlos a viva fuerza al local policial”.

Porque ese proceder no está permitido por razones de control de identidad policial. “Ni puede la misma autoridad convertirse en facilitadora de las propias condiciones que conduzcan a un flagrante delito. Para, a partir de allí, autohabilitarse en la potestad de detención”.

La conducción de una persona al local policial para los fines de control de identidad no equivale ni puede interpretarse como una detención. De ser así se configuraría un supuesto adicional a los previstos en la Constitución.

TC pide a Inspectoría de la Policía tomar medidas contra efectivos implicados

Esto, con el agravante de que tal “detención” (disfrazada de conducción) se daría por razones de sospecha en clara y manifiesta contravención de lo señalado por la jurisprudencia del TC. En este contexto, el Colegiado desarrolla importantes criterios en torno del control de identidad policial al que se refiere el Código Procesal Penal.

Los magistrados del TC, “dada la forma como se produjeron los hechos”, dispusieron que se remitan copias de los actuados a la Inspectoría de la Policía Nacional del Perú. Para que tome las medidas correspondientes contra los efectivos policiales implicados.

La Sala Primera del TC está integrada por Manuel Monteagudo Valdez. También, Luz Pacheco Zerga (quien emitió voto singular para que se declare infundada la demanda) y César Ochoa Cardich (expositor del caso). Se convocó al magistrado Helder Domínguez Haro para que dirima la discordia suscitada por el voto singular de la magistrada Pacheco.

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