Columnista invitado

El caso Cerrón: una ilegalidad que amenaza a todos los funcionarios públicos

«Cuando el Presidente de la Región de Junín, Vladimir Cerrón, recibió el expediente de extensión del plazo y de pago a la empresa contratista, no se interesó indebidamente en este asunto»

Por Jorge Rendón Vásquez | 15 mayo, 2021
Candidato presidencial por Perú Libre, Vladimir Cerrón Rojas.
Candidato presidencial por Perú Libre, Vladimir Cerrón Rojas.

Vladimir Cerrón, expresidente la región de Junín, ha sido condenado por el Poder Judicial, entre agosto de 2019 y abril de 2021, por negociación incompatible o aprovechamiento indebido de su cargo (subtítulo del artículo del Código Penal que le aplicaron).

Es presidente del Partido Perú Libre, organización que, en las elecciones de abril del 2021, obtuvo el primer lugar para el cargo de Presidente de la República y 37 representantes en el Congreso de la República de un total de 130.

Un examen imparcial y basado en la lógica jurídica revela que esta sanción es un legicidio y un contrasentido.

La sentencia condenatoria de primera instancia Nº 041-2019-5JUP/CSJJU del 5 de agosto de 2019, expedida por la Jueza del 5º Juzgado Penal Unipersonal de Huancayo, se extiende en 62 páginas de apretado texto y la de segunda instancia Nº 091-2019-SPAT, expedida por dos de los tres vocales de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria, también de Huancayo, cubre 60 páginas igualmente densas. El vocal que votó por la absolución necesitó sólo 10 páginas.[2]

¿Eran necesarias tantas páginas para expresar algo tan concreto como los hechos imputados y para exponer las consideraciones de un razonamiento equívoco?

Desde hace algún tiempo se advierte en ciertas sentencias de todas las instancias, especialmente cuando deniegan derechos, una articulación interminable y repetitiva con aires de pretendida exposición académica. Los jueces, salvo unos pocos, no son profesores de derecho. Su función no es impartir cátedra. Es resolver los conflictos de derecho, examinando si los hechos, supuestamente delictivos o ilegales puestos a su consideración, son iguales a los descritos por la norma como antecedente de hecho para decidir si se debe aplicar la consecuencia de derecho o sanción.

Y no hace falta dar tantas vueltas y revueltas, como la ardilla de la fábula de Esopo, para hacer este razonamiento que restableciera Irnerio a fines del siglo XI, cuando rescató del olvido el Corpus Juris Civilis y fundó la Universidad de Bolonia. La deducción, método empleado para aplicar la ley a los casos concretos, fue denominada por los griegos de la Antigüedad silogismo que quiere decir razonamiento (Aristóteles), una operación lógica que debe ser cierta, precisa y clara para todos y no solo para los abogados, como una expresión de la igualdad de todos ante la ley.

Una de las consecuencias de la indebida longitud de las sentencias es la demora en la solución de los procesos. Si lo que puede decirse en unas pocas páginas se dilata en decenas y decenas de páginas cuya redacción puede tomar varias semanas; es obvio que en lugar de sentenciar 10, 15 o 20 procesos se sentencia solo uno.

I.– LOS HECHOS

Para que una sentencia exprese que hubo o no violación de la ley debe contener la exposición ordenada y cronológica de los hechos que resulten de la acusación del Ministerio Público; y añadir la defensa de la persona o personas acusadas. Tal no sucede con las sentencias de primera y segunda instancia en mayoría del caso Cerrón donde se amontonan los hechos sin orden y repitiéndolos. Un abigarramiento, al parecer, a propósito para la emisión de la condena que fue muy escueta en la parte final.

Para establecer la secuencia de los hechos me ha sido necesario extraer de ambas sentencias, de una y otra página separadas por muchas, y de la acusación fiscal, caso Nº 452-2015 del 13 de diciembre de 2017, las referencias a los hechos que expongo a continuación.

Los acusados fueron los funcionarios de la Región de Junín: Vladimir Cerrón Rojas, Presidente del Gobierno Regional de Junín; Henry Fernando López Cantorin, Gerente General del Gobierno Regional; Carlos Arturo Mayta Valdez, Gerente Regional de Infraestructura; y Juan Carlos Sulca Yauyo, Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras.

El 6 de octubre de 2008  se celebró un Convenio Internacional Marco de Cooperación Técnica Financiera de Administración de Recursos Nº 099-2008 entre la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) y el Gobierno Regional de Junín, representado por su presidente Vladimir Huároc Portocarrero. Aquella entidad se comprometió a proveer recursos financieros para la obra Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de La Oroya.

Licitada la obra por la OEI, ganó el Consorcio Altiplano S.A. por el monto de S/. 36’936,034.59 soles y, con fecha 11 de marzo de 2010, se suscribió el contrato entre el consorcio indicado y la Región de Junín. Se estableció que la ejecución de la obra debía comenzar cuando se entregara el terreno, lo que sucedió el 27 de marzo de 2010; de modo que la obra debía ser entregada concluida el 17 de setiembre de 2011, o en 540 días naturales. El 16 de marzo de 2010 se había suscrito un contrato con Servicio de Consultores Andinos S.A., SERCONSULT, tras un concurso, para supervisar la obra.

El nuevo Presidente del Gobierno Regional de Junín, Vladimir Cerrón Rojas, empezó su período de gobierno el 1 de enero de 2011.

En ninguna parte de la acusación fiscal y las sentencias de primera y segunda instancia por mayoría, se dice si el Consorcio Altiplano ejecutó las obras contratadas, y, de haberlas ejecutado, cuáles fueron los avances. Esto es fundamental, por cuanto de lo que se trataba era de una obra necesaria para la población de La Oroya y para determinar su estado hasta que sucedieron los hechos que fueron materia de la acusación fiscal.

En esta se dice que, por carta Nº 041-201/CA-LO, del 18 de junio de 2011, la empresa Altiplano solicitó la ampliación del plazo Nº 3, pedido también hecho por la empresa Supervisora de Obra, carta Nº 097-2011/PLO/RL, del 24 de junio de 2011. Ambos pedidos fueron dirigidos al Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obra, Juan Carlos Sulca Yauyo. Ni en la acusación fiscal ni en las sentencias condenatorias se alude a las causas de este pedido de ampliación de plazo. En la acusación fiscal se dice: “El contratista el Consorcio Altiplano no ha presentado la Constancia Condiciones Meteorológicas emitidas por SENAMHI, documento técnico fundamental para la elevación y cuantificación de dicha ampliación.” (punto 3.2.8).

Luego Sulca Yauyo le pidió a la abogada Directora de la Asesoría Jurídica que emitiera un pronunciamiento sobre la extensión indicada del plazo. Según la acusación fiscal “se deniega la ampliación” (punto 9). No se tiene en cuenta que las asesorías jurídicas carecen de poder de decisión y que solo pueden emitir opinión.

El 1 de julio de 2011, la Gerencia Regional de Infraestructura, resolvió denegar la ampliación del plazo Nº 3, Resolución Nº 083-2011-GR-JUNIN/GRI. Pero, el 21 de junio de 2011, el mismo funcionario dijo: “de acuerdo a los documentos de referencia la obra se encontró paralizada desde el 03 de enero de 2011 hasta el 03 de julio de 2011, por causal de precipitaciones pluviales propias de la zona. Por lo cual se solicita a su representada solicitar al Consorcio los mayores gastos generales realizados en la etapa de paralización debidamente sustentados para que sean evaluados por su representada.” No es irregular que un acto administrativo sea dejado sin efecto por otro dictado por el mismo funcionario si resulta que sus elementos de convicción han variado (aplicación del art. 6º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444).

En la sentencia de primera instancia se indica que “en el asiento 325 de fecha diciembre 2010 y en el asiento 351 de fecha 02 de febrero de 2011 (no se especifica de qué expediente) donde el contratista solicita la paralización temporal de los trabajos para el mes de enero y febrero, meses en que se intensifican las lluvias para lo cual se estará presentando los respectivos reporte o información de estaciones meteorológicas en la zona y que el inicio de la paralización sea desde el 03 de Enero del 2011 por sesenta días calendarios.” (punto 6). El informe legal Nº 072-2011-ORAJ/GRJ, del 29 de enero de 2011, dijo que “es atribución de la Supervisión de Obra, en coordinación de la Gerencia Regional de Infraestructura, previa evaluación técnica, acordar la paralización de la ejecución de la obra por el plazo señalado” (punto 5).

El hecho tan fundamental de la paralización de las obras por las lluvias que, se infiere, fue su causa, es tratado como al pasar en ambas sentencias. Ni el Ministerio Público ni los jueces lo examinan en toda su magnitud y consecuencias.

Se debe suponer que, por tratarse de una obra necesaria para la población de La Oroya y por las presiones de sus beneficiarios, las autoridades del Gobierno Regional de Junín estaban preocupadas mientras la paralización continuaba. Sin embargo,  la utilidad de la obra y las reacciones de sus beneficiarios son los grandes ausentes del proceso penal.

A comienzos de setiembre de 2011, el Consorcio Altiplano inició el procedimiento arbitral (de conformidad con el art. 40º.b de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo. 1017, vigente en ese momento). Este dato importante es mencionado indirectamente en la acusación fiscal (punto 13) y en las sentencias condenatorias.

El Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras, por el Reporte Nº 3017-2011-GRI/SGL, del 21 de setiembre de 2011, dijo que la dependencia a su cargo “ha visto por conveniente en llegar a un acuerdo definitivo con el CONSORCIO ALTIPLANO sobre esta controversia” y señaló que lo máximo a pagar como suma adicional debería ser 850,000 soles.

El 26 de setiembre de 2011, en una reunión de Gerentes del Gobierno Regional de Junín, a mérito del reporte nº 3017 indicado, se autorizó al Procurador Público Regional llevar adelante la solución de la controversia con el consorcio contratista Altiplano mediante una conciliación. El acuerdo constó en el acta Nº 269-211 por la cual se le reconoció a la indicada empresa por todo pago adicional 850,000 soles y una extensión del plazo de 154 días. La Gerencia Regional de Infraestructura, por la Resolución Nº 159-2011-GRJUNIN/GRI, del 27 de octubre de 2011, dejó sin efecto la Resolución Regional de Infraestructura Nº 083-2011/GR-JUNIN/GRJ, del 1 de julio de 2011, y aprobó la ampliación del plazo y la ejecución de la conciliación.

Se llegó a una conciliación, para evitar la dilación y los mayores gastos que hubiera ocasionado un trámite arbitral ya iniciado. Al comenzar este trámite, el consorcio contratista reclamaba el pago de 1´034,951.57 soles (Acusación fiscal, punto 14).

El Presidente del Gobierno Regional de Junín Vladimir Cerrón firmó la Carta Nº 117-2011-GRJ-PR el 15 de diciembre de 2011, autorizando el pago de 850,00 soles a la empresa contratista, y solicitó a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura cancelar esta suma. Finalmente, esta entidad pagó al Consorcio Altiplano dicha cantidad, factura Nº 0001-000024 (Acusación fiscal, punto 3.3 Circunstancias posteriores).

Análisis de los hechos y su consideración en las sentencias de primera y segunda instancia por mayoría

Los hechos fundamentales son: el contrato entre el Gobierno Regional de Junín y el consorcio contratista Altiplano; los avances de obra; la paralización de las obras por la empresa; el acuerdo de pago de los 850,000 soles al consorcio contratista; y la resolución de pago de esta suma por el Presidente de la Región de Junín.

Contrato

Nada se dice en la acusación fiscal y en las sentencias condenatorias sobre las implicaciones de este hecho.

Avances de obra

¿Cuáles fueron las condiciones de la obra pactadas por la anterior administración. ¿Estuvieron los avances bien hechos? ¿Surgieron imprevistos que luego podrían haberse manifestado? ¿Hubo interrupciones? Se sabe que por el hallazo de restos arqueológicos la obra se paralizó y que para obtener el Certificado de Restos Arqueológicos hubo de reformularse un expediente técnico. ¿Cuánto duró esta paralización? No hay ninguna referencia a estos hechos en las sentencias de primera y segunda instancia por mayoría, y era necesario hacerlo para determinar con claridad y exactitud los antecedentes de los hechos que vinieron después y sus efectos, y la necesidad de subsanarlos o no.

Paralización de las obras

La sentencia de primera instancia dice a este respecto: “lo que motivó la paralización de la obra desde el mes de enero a junio del 2011, fueron las presuntas precipitaciones pluviales, lo cual pese a haber sido materia de pronunciamiento por su misma Gerencia, no respetó incluso, de acuerdo a los medios de prueba también oralizados en audiencia como lo es el Cuaderno dee Obra (fs. 95 a 154) así como el de la Copia autenticada del Oficio Nº 409/SENAMHI-DR-11JUNIN/2014 de fecha 21 de octubre de 2014 (fs. 154 al 156) se desprende que no todos los días durante la ejecución de la obra hubo precipitaciones pluviales, esto es, en los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo y Junio del 2011” (punto 8.4.d). Para la Jueza que sentencia en primera instancia esta es la prueba que tipifica el delito que les imputa a Cerrón y otros.

Analicemos esta prueba. La Jueza se refiere a “presuntas precipitaciones pluviales”. Presunto quiere decir que se supone o sospecha la realización de un hecho, aunque no esté demostrado, participio pasado de presumir que es “sospechar, juzgar o conjeturar una cosa por tener indicios o señales para ello” (Diccionario de la Real Academia Española). Por consiguiente pudo haber precipitaciones pluviales de enero a junio de 2011, lo que ella misma confirma al afirmar que, según el informe del SENAMHI que cita, “no todos los días durante la ejecución de obra hubo precipitaciones pluviales”.

Esto quiere decir que pudo haber precipitaciones un día sí y otro no, o varios días cada vez seguidos de una pausa, o pudo llover durante la mayor parte de ese período. Las posibilidades son muchas. A la Jueza no le importó (o tal vez sí le importó o tuvo “interés”) pasar por encima de este tramo del proceso. La Fiscalía presentó como prueba la “Copia de cuaderno de obra del período en correspondiente a la paralización de obra y copia autenticada del oficio Nº 409/SENAMHI-DR-11 Junin/2014 de 01 de octubre de 2014” (punto IV.8, pero no expone su contenido ni lo considera para sus conclusiones).

La ampliación del plazo de ejecución de una obra constituye una modificación del contrato y debe ser apreciada de conformidad con el Código Civil que dispone: “Quien actúa con la diligencia ordinaria requerida, no es imputable por la inejecución de la obligación o por su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.” (art. 1314º); “Caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible o irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.” (art. 1315º). La Ley de Contrataciones del Estado disponía que son admisibles prestaciones adicionales, reducciones o ampliaciones “por situaciones imprevisibles posteriores a la suscripción del contrato” (D. Leg. 1017, art. 41º.2).

Si en un sitio llueve todo el tiempo, una obra podría no ser posible. Pero si llueve esporádicamente, determinadas obras si serían posibles, hasta que un aumento de intensidad de las precipitaciones las impidieran, en cuyo caso se estaría ante un caso fortuito. En la vertiente del Atlántico, a la cual pertenece La Oroya, las lluvias son más variadas, intensas e irregulares que en la vertiente del Pacífico, y cuando aumenta su frecuencia o intensidad pueden causar paralizaciones de ciertos servicios y obras. En el caso concreto de Vladimir Cerrón y los otros acusados, no era legal proceder con generalizaciones e imprecisiones.

La Fiscalía estaba obligada a probar el hecho que aducía como base de la imputación de una conducta delictiva (Código Procesal Penal, art. 65º.1), es decir cómo se dieron las lluvias entre enero y junio de 2011 o, por mejor decirlo, si sostuvo que no hubo lluvias que causaran la paralización de las obras se debería haber probado este hecho de manera indubitable, puesto que, a su criterio, conducía a presumir hechos delictuosos.

De modo semejante, los jueces de primera y segunda instancia en mayoría estaban obligados, en la valoración de la prueba, a “observar las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia” de manera que la sentencia contenga “La motivación clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dan por probados o improbados, y la valoración de la prueba que la sustenta, con indicación del razonamiento que la justifique.” (Código Procesal Penal, art. 394º.3).

Por lo tanto, si hubo lluvias de enero a junio de 2011 era legal la concesión de un plazo adicional y, de haber habido gastos a causa de este fenómeno meteorológico, ajeno a la voluntad de las partes contratantes, cabía un pago adicional.

El acuerdo de pago de los 850,000 soles al consorcio contratista

Este pago fue objeto de una negociación, prevista por la Ley de Contrataciones del Estado (D. Leg. 1017, art. 40º.b).

La conciliación no fue, pues, un hecho oculto o ilegal. La Junta de Gerentes del Gobierno Regional de Junín no se “interesó” indebidamente en un acto al que se encontraba obligada por la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y por el Código Civil. Según la primera Ley, a esa Junta le tocaba decidir sobre un acto administrativo relativo a una situación emergente por hechos fortuitos (las lluvias) y necesario para hacer avanzar una obra indispensable para la población de La Oroya. Según el Código Civil, “El contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial.” (art. 1351º).

Ni el Ministerio Público ni los jueces en sus sentencias se han referido a la necesidad y legalidad de este trámite. Para ellos, de hecho, se trató de un acto movido por un interés ilegítimo que no prueban, puesto que los hechos que condujeron a él no fueron ilegales, ni el Ministerio Público ni los jueces que condenaron probaron su ilegitimidad.

Prejuzgando sobre la extensión del plazo de ejecución del contrato, los juzgadores de primera instancia y los dos que votaron en mayoría en segunda instancia prejuzgan a continuación sobre el interés que habría movido a los acusados al que, de plano, califican de indebido.

La resolución de pago por el Presidente de la Región de Junín

Cuando el Presidente de la Región de Junín, Vladimir Cerrón, recibió el expediente de extensión del plazo y de pago a la empresa contratista, no se interesó indebidamente en este asunto. De conformidad con la Constitución Política, la Ley de Gobiernos Regionales, la Ley de Procedimientos Administrativos y el Código Civil, le correspondía atenderlo y disponer el pago en base a los antecedentes del mismo. El acta de conciliación suscrita por el Procurador de la Región de Junín con el consorcio contratista era un título ejecutivo (Código Procesal Civil, art. 693º.5).

El hecho de ordenar un pago no significa que sea ilícito en sí, ni que dé lugar a un “interés indebido”, cualesquiera que sean las consecuencias del pago. Podría ocurrir, incluso, que un contratista o un proveedor que reciba un pago de alguna entidad del Estado no cumpla con sus obligaciones contractuales. No por eso, el funcionario que autorizó el pago se convierte automáticamente en un delincuente.

Si se cumplieron los trámites legales relativos al acto administrativo, el funcionario que lo expide procede legalmente. No eran, además, recursos del Estado los que se comprometían, cuyo buen uso hubiera correspondido a la entidad internacional que los suministraba. Pero esta nunca tachó de ilegal ese pago adicional, lo que hace presumir que estuvo bien y legalmente hecho.

II.– EL DERECHO

En Derecho Penal la tipificación de la acción considerada punible requiere la concurrencia de dos condiciones legales esenciales:

1.– “Nadie será sancionado por un acto no previsto como delito o falta por la ley vigente al momento de su comisión…” (Const., art. 2º.24.d; Código Penal, art. II del Título Preliminar); y

2.– “Las penas establecidas por la Ley se aplican siempre al agente de infracción dolosa. El agente de infracción culposa es punible en los casos expresamente establecidos por la Ley.” (Código Penal, at. 12º).

Los hechos son ilícitos por su configuración igual a los tipos descritos por la ley como delitos o faltas; y las personas se consideran inocentes mientras no se haya probado su culpabilidad en un proceso penal (Constitución, art. 2º.24.e). La carga de la prueba de los hechos considerados delictivos recae en el Ministerio Público, aunque esta obligación no haya sido establecida con claridad en la actual Constitución (art. 159º), situación que debería ser corregida.

La tipificación

El art. 399º del Código Penal” dispone: “El funcionario o servidor público que indebidamente en forma directa o indirecta o por acto simulado se interesa, en provecho propio o de tercero, por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo, será reprimido … ”

Veamos la primera fracción de este artículo:

“El funcionario o servidor público que indebidamente […] se interesa, en provecho propio o de tercero”

La palabra interesar, según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, significa: “Ser motivo de interés. 2 Dar parte a uno en un negocio o comercio en que pueda tener utilidad o interés. 3 Hacer tomar parte o empeño a uno en los negocios o intereses ajenos, como si fuesen propios. 4 Cautivar la atención y el ánimo con lo que se dice o escribe. 5 Inspirar interés o afecto a una persona. 6 Producir impresión a uno una cosa. 7 Producir una cosa alteración o daño en un órgano del cuerpo. 8 Solicitar o recabar de alguien datos, noticias, resoluciones, etc. 9 Adquirir o mostrar interés por alguien o algo.”

Es un hecho psicológico que puede exteriorizarse como una acción, un hacer o un no hacer con respecto a un objeto; o un hecho para que se realice o no se realice.

Un funcionario público está obligado a interesarse por los servicios y obras que le conciernen. Para eso se le ha nombrado o designado; es una obligación de esencia constitucional que, en el ámbito de competencia del funcionario público, realiza las obligaciones del Estado (Const. art. 44º; “Todos los funcionarios públicos están al servicio de la Nación.” Const. Art. 39º).

Lo que el art. 399º del Código Penal prohibe a los funcionarios públicos es interesarse indebidamente.

¿Cuándo es indebido el interés del funcionario? No lo es cuando cumple sus funciones legales y hace lo posible para que se cumplan por él o por otros. Más aún, el interés es una parte constitutiva de las obligaciones del funcionario. Al contrario, el interés se vuelve indebido cuando el funcionario transgrede o incumple las funciones señaladas en las normas legales que le son pertinentes. Pero, además, este interés indebido debe ser “en provecho propio o de tercero”.

Las dos condiciones objetivas son necesarias para la configuración del acto delictivo prohibido por el art. 399º del Código Penal.

La transgresión de las obligaciones y facultades del funcionario público no es un concepto que los jueces y fiscales deban imaginar o tomen en préstamo de la jurisprudencia o la doctrina. Los actos de los funcionarios públicos, actos administrativos, están regidos por la Constitución, la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos (Texto Único Ordenado de la Ley 27444), las normas reguladoras del presupuesto público y, en este caso, por la Ley de Contrataciones del Estado (D. Leg. 1017).

“Son actos administrativos –dice la Ley 27444– las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administracios dentro de una situación concreta.” (art. 1º) “Cuando una ley lo autorice, la autoridad, mediante decisión expresa, puede someter el acto administrativo a condición, término o modo, siempre que dichos elementos incorporales al acto, sean  compatibles con el ordenamiento legal, o cuando se trate de asegurar con ellos el cumplimiento del fin público que persigue el acto.” (Ley 27444, art. 2º.1).

En definitiva, se trata de asegurar que el fin público, por el cual existe la administración pública, se cumpla. Por eso, la Ley del Procedimiento Administrativo General ha establecido el principio de impulso de oficio, por el cual “Las autoridades deben dirigir e impulsar de oficio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias.” (Ley 27444, art. 1.3). Es obvio que este impulso de oficio se manifiesta como el interés en la ejecución de las funciones a cargo del funcionario público.

Como los actos administrativos tienen como objeto el universo de los hechos, funciones, objetivos y caracteres de la vida del Estado, requieren la opinión de las instancias técnicas que ven su necesidad, efectos, posibilidad y extensión. Por eso, el acto administrativo “Puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión deben notificarse al administrado conjuntamente con el acto administrativo.” (Ley 27444, art. 6º.2).

Y luego, se subraya la aplicación del principio de razonabilidad por el cual “Las decisiones de la autoridad administrativa, cuando creen obligaciones, califiquen infracciones impongan sanciones, o establezcan restricciones a los administrados, deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo la debida proporción entre los medios a emplear y los fines públicos que deba tutelar, a fin de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacciòn de su contenido.” (Ley 27444, art. 1.4).

“Es válido el acto administrativo dictado conforme al ordenamiento jurídico.” (Ley 27444, art. 8º). “Todo acto administrativo se considera válido en tanto su pretendida nulidad no se declare por autoridad administrativa o jurisdiccional, según corresponda.” (Ley 27444, art. 9º).

Si el acto administrativo no da los resultados esperados, eso no cae dentro del presupuesto de hecho del art. 399º del Código Penal.

Es evidente que, al realizar un acto administrativo de su competencia, Vladimir Cerrón se interesaba en la continuación de la obra de La Oroya; pero ese interés no era ilegal ni en provecho propio. Y es evidente también que el consorcio contratista Altiplano tenía interés, pero no se probó que fuera ilegal.

El funcionario o servidor público que […] se interesa […] por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo.

En el momento de los hechos, Vladimir Cerrón era Presidente del Gobierno Regional de Junín. De conformidad con el art. 192º de la Constitución era de su obligación el fomento de “los servicios públicos de su responsabilidad” y, para ello, lo facultaron para “administrar sus bienes y rentas” de su región, así como para “Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad” (inc. 4), y como titular del pliego presupuestario de la Región de Junín era de su obligación disponer los egresos a que hubiera lugar.

Uno de ellos fue la obligación de aprobar el pago de 850,000 soles al consorcio contratista Altiplano que resultaba de un acuerdo de la Junta de Gerentes y de una conciliación con la empresa de extensión del plazo y de pago de esa suma suscrito. Ambos actos: el administrativo y el civil, estaban vigentes y por sus formas y contenido eran necesarios y legales; y no se habían sometido a un proceso de anulación.

Vladimir Cerrón tenía que aprobar ese pago que, por lo demás, era necesario para la continuación de una obra importante para la población de La Oroya y porque el documento de la conciliación era un título ejecutivo.

No se ha probado que Vladimir Cerrón, como Presidente del Gobierno Regional de Junín, haya ordenado, presionado o influido de alguna manera para que las instancias administrativas inferiores incurran en alguna conducta ilegal o expidan actos administrativos contra la ley y desvirtuando o desconociendo los hechos. En las relaciones con el consorcio contratatista cada instancia obró con independencia. Vladimir Cerrón resolvió ateniéndose al expediente administrativo que llegó a su despacho, y lo hizo legalmente.

Por tanto, cuando intervino en la acción que debía conducir a la continuación de la obra paralizada no se estaba interesando indebidamente en un acto administativo que le competía.

No se ha probado que Vladimir Cerrón haya intervenido en esa acción en provecho propio.

El provecho, en su intención y objetivamente, era para la Región Junín, ya que debía implicar la terminación de una obra necesaria para La Oroya; pero también para el consorcio contratista, aunque no fue este un provecho indebido, sino la contraprestación de los trabajos que se comprometía a hacer. La situación es semejante en cualquier contrato de obras o de servicios. El contratista que se compromete a hacerlos, lo hace por un provecho que espera obtener.

Con el criterio de los jueces que condenaron a Vladimir Cerrón y a las otras personas incursas en el proceso penal, cualquier extensión o modificación de un contrato de obras públicas o de adquisición de bienes, sería automáticamente ilegal, aunque la Ley de Contrataciones del Estado lo permite (D. Leg. 1017, art. 41º). Se puede suponer que para tales jueces y fiscal ninguna modificación de esos contratos es necesaria y menos aún legal.

La intensión dolosa

Los jueces que condenaron a Vladimir Cerrón y sus coinculpados y los que resolvieron en casación no tomaron en cuenta el artículo 12º del Código Penal que dispone: “Las penas establecidas por la Ley se aplican siempre al agente de infracción dolosa.” El dolo, que es la intención deliberada de cometer un delito y que debe ser probado, no es objeto de consideración en las sentencias de primera y segunda instancia por mayoría. Y no puede haber dolo cuando un funcionario público, obrando en el ejercicio de sus funciones, realiza o emite determinados actos administrativos que son válidos; mientras no se demuestre en la vía administrativa o en la subsiguiente vía contencioso-administrativa su nulidad, lo que no ha sucedido en el caso de Cerrón y los otros inculpados.

Solo el vocal de la Sala de Apelaciones Transitoria – Sede Central de Huancayo, Carlos Abraham Carvo Castro, que votó por la absolución de Vladimir Cerrón y del gerente de la Región de Junín Henry Fernando López Cantorín; y por la nulidad de la sentencia condenatoria de los otros acusados. Se fundó en que ellos actuaron en el ejercicio de sus funciones y que no se había probado ni el interés indebido ni el dolo.

Los jueces que condenaron se salieron de la tipificación legal y fueron a buscar argumentos en la jurisprudencia y la doctrina, valiéndose del art. 394º.4 del Código Procesal Penal que, erroneamente, las coloca en los niveles de la Constitución y la ley para juzgar. La sentencia contendrá –dice este artículo– “Los fundamentos de derecho, con precisión de las razones legales, jurisprudenciales o doctrinales que sirvan para calificar jurídicamente los hechos y sus circunstancias, y para fundar el fallo”. Ni la jurisprudencia ni la doctrina pueden calificar jurídicamente a los hechos. La Constitución es muy clara a este respecto: “Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley de manera expresa e inequívoca, como infracción punible” (art. 2.24.d); en la ley; no en la jurisprudencia ni en la doctrina.

En la sentencia de segunda instancia se acude a la jurisprudencia para fundar el fallo: “Estamos ante un delito de peligro concreto y de resultado -cita la Casación Nº 231-2017/Puno, décimo cuarto fundamento-; por tanto, el resultado no es el perjuicio económico, sino la creación del hecho, como en este caso de S/. 850,000.00 soles a favor del consorcio Altiplano”. Luego se invoca la doctrina: “Debido a su naturaleza de delito de peligro, su realización no está supeditada a la lesión efectiva de un bien; sino que la relación entre el peligro y la realización del mal futuro, se encontrará en un nexo de posibilidad”.

El Código Penal utiliza la calificación de delitos de peligro aquellos contra la seguridad pública y los medios de transporte, comunicación y otros servicios públicos; y no es posible jurídicamente aplicarla a otros delitos. El delito tipificado por el art. 399º no es un delito de peligro; es un delito que causa un daño efectivo: el “provecho propio o de tercero”, que debe probarse. Pero a los jueces que condenaron no les importó el contrasentido.

Interpuesto el recurso de casación, la sentencia de la Corte Suprema, lo declaró improcedente sin analizar si el procedimiento se había ajustado a la legalidad. Dijo que “el recurso de casación excepcional planteado no cumple con las exigencias establecidas en numerales 1 y 3 del artículo 430 Código Procesal Penal». Ambos numerales disponen que el peticionante debe indicar la causal del artículo 429º del mismo Código aplicable; una formalidad que, de no ser precisada, les permite a los jueces supremos eximirse de tratar el caso.

El Estado, cuya obligación es solucionar los conflictos jurídicos con imparcialidad, está obligado a aplicar la ley, aunque no sea mencionada; lo que es un modo de cumplir “La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional” (Constitución, art. 139º.3). La sala de la Corte Suprema debió revisar al proceso para determinar si se habían aplicado correctamente las leyes pertinentes aunque no hubieran sido invocadas; y si se habían valorado los hechos lógica y legalmente. Ya se ve que es necesaria una reforma de la Constitución para establecer este principio en términos más claros y contundentes.

La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, que financió la obra para proveer de alcantarillado y agua potable a la población de La Oroya, no se presentó como parte civil en el proceso penal examinado. Su director, cuando se hizo esta donación, fue el profesor y exrector de la Universidad Nacional de Ingeniería, José Ignacio López Soria; un intelectual de valía superior y moral acrisolada, ni él ni los funcionarios que sucedieron en el cargo descendieron a mezclarse en este proceso penal.

Conclusiones

No hubo nada ilícito en el pago de 850,000 a la empresa contratista para continuar la obra del alcantarillado y agua potable de La Oroya. Por eso, las sentencias condenatorias, de primera instancia y de segunda instancia en mayoría son infundadas; además, son nulas por la omisión de considerar la legalidad o ilegalidad de los hechos imputados y por la prescindencia de considerar si hubo dolo.

¿Cómo puede calificarse la conducta de los jueces que condenaron ilegalmente a Vladimir Cerrón? Leo el artículo  418º del Código Penal: “El Juez o Fiscal que dicta resolución o emite dictamen, manifiestamente contrario al texto expreso de la ley; o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas, será reprimido…”

En la consideración de este caso, la opinión pública será el primer juez.

(14/5/2021)


[1] Jorge Rendón Vásquez es Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Doctor en Derecho por esta Universidad. Además, Docteur en Droit por la Université de Paris I (Sorbonne).

[2] La Constitución establece: “El principio del derecho de toda persona de formular análisis y críticas de resoluciones y sentencias, con las limitaciones de la ley”. (Art. 139º.20).

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Jorge Rendón Vásquez

Abogado y novelista. Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Doctor en Derecho por la Universidad de Paris I (Sorbona). Autor de diversas publicaciones sobre Derecho Laboral Doctor en Derecho por la Universidad de Paris I (Sorbona).

Noticias

Pedro Castillo presenta a los integrantes de su equipo técnico

Entre los ‘jales’ se encuentran los excongresistas Juan Pari y Hernando Ceballos, además del científico Modesto Montoya, el exfical Avelino Guillén y el economista Kurt Burneo.

Por Redacción El Búho | 15 mayo, 2021
Pedro Castillo presenta a los integrantes de su equipo técnico

El candidato a la Presidencia de la República, Pedro castillo, presentó la tarde de este sábado a algunos integrantes de su equipo técnico con los que trabajará en caso gane las elecciones. El representante de Perú Libre participó de un mitin que se desarrolló en la Plaza Manco Capac, en el distrito limeño de La Victoria.

“No se trata de mostrar este es mi equipo técnico y le asigno un ministerio. No se trata de una repartija, no se trata de eso. Se trata del país, del pueblo. Un equipo sostenido, un buen equipo de profesionales, con personas comprometidas”, señaló Pedro Castillo.

Entre los integrantes de su equipo se encuentra el exfiscal del caso Fujimori, Avelino Guillén; el científico Modesto Montoya, el excongresista que investigó a Odebrecht, Juan Pari, excongresista Hernando Cevallos y el economista Kurt Burneo.

El candidato de Perú Libre también dijo que presentaría su plan de gobierno de los 100 primeros días, que guiará sus acciones para sacar al país de la crisis sanitaria y económica. Sin embargo, esto no ocurrió.

Pedro Castillo también se deslindó de Vladimir Cerrón e indicó que no tendrá injerencia en sus decisiones como posible gobernante. “El único que va a gobernar es Pedro Castillo, no otras personas», dijo.

Cabe mencionar que el candidato no acudió al debate presidencial con Keiko Fujimori, el cual se desarrollaría en los exteriores del penal de Santa Mónica.

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Redacción El Búho

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Noticias

Cronograma de vacunación para adultos de 70 años del Cercado y otros distritos

Campaña será a partir del 20 de mayo en Cerro Colorado, Paucarpata, Cercado y José Luis Bustamante, Cayma, Mariano Melgar, Miraflores y Socabaya.

Por Redacción El Búho | 15 mayo, 2021
Arequipa: este es cronograma de vacunación para los adultos de 70 años del Cercado y otros distritos

La Gerencia Regional de Salud Arequipa publicó el cronograma de vacunación contra la covid-19 para los adultos mayores de 70 y 79 años que viven en ocho distritos y que aún no han recibido la primera dosis.

La campaña empezará será del 20 al 28 de mayo. Están considerados los distritos de Cerro Colorado, Paucarpata, Cercado y José Luis Bustamante, Cayma, Mariano Melgar, Miraflores y Socabaya.

Cronograma de Vacunación

En una primera etapa, el personal de salud vacunará a la población de los distritos de Cerro Colorado, Paucarpata, Cercado y José Luis Bustamante el 20 y 21 mayo. Luego, continuará el 22 de mayo con los casos especiales y visitas domiciliarias.

Posteriormente, se inmunizará a la población adulta de Cayma, Mariano Melgar, Miraflores y Socabaya entre el 26 y 27 de mayo. La jornada se cerrará el 28 de mayo con los casos especiales y visita domiciliaria

La Gerencia de Salud Arequipa aconsejó a la población beneficiaria ingresar al aplicativo Pongo el Hombro con el número de su DNI. Allí podrá conocer el punto de vacunación fecha y hora.

Asimismo, se pondrá a disposición los padrones impresos en los puntos de vacunación con los horarios en que deberá acudir el adulto mayor. Las nóminas serán difundidas a través la plataformas digitales de la Gerencia de Salud Arequipa, como página web, redes sociales y medios de comunicación. De esta manera, se evitará las aglomeraciones y exposición innecesaria de los adultos mayores.

Cabe mencionar que los adultos mayores que viven en estos distritos y no pueden salir de sus domicilios por alguna enfermedad, discapacidad severa o que en su DNI figure otra dirección diferente al distrito en el que reside actualmente, un familiar deberá acudir a punto de vacunación más cercano a fin de registrar y programar la vacunación-

La Gerencia de Salud de Arequipa

exhortó a la población a mantener la calma y el orden esperando los comunicados del sector de salud para que excedan de manera oportuna y segura la vacuna.

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Noticias

Salaverry sobre respaldo a Castillo: «Encontramos una serie de coincidencias»

Daniel Salaverry reiteró que su visita a Pedro Castillo lo hizo a titulo personal y no a nombre de su partido político, Somos Perú

Por Pamela Zárate M. | 15 mayo, 2021
Daniel Salaverry Pedro Castillo

El excandidato presidencial, Daniel Salaverry, le otorgó su respaldo a Pedro Castillo tras sostener una reunión con el candidato en Lima. El excongresista reiteró que su visita la hizo a título personal y no a nombre de su partido político, Somos Perú.

«Tengo que decir que he venido a título personal, y no en representación de Somos Perú, a conversar con el candidato Pedro Castillo». Me voy satisfecho porque hemos encontrado una serie de conicidencias en temas que son fundamentales para el país como garantizar el respeto irrestricto a la propiedad privada, a la libertad de expresión y a la prensa”, declaró Salaverry a su salida».

Daniel Salaverry – excongresista de la República

Confirmó que le otorga su respaldo a la propuesta de Castillo y los compromisos que asumió hasta el día de hoy como el mantener el equilibrio fiscal, recuperar y reactivar la economía. Según manifestó el excandidato también coincidieron en la defensa y recuperación de los recursos naturales que “están siendo sacados del país”. Por último señaló que Castillo le confirmó algunos nombres de su equipo técnico, asegurando que son profesionales «de primer nivel».

«Estoy seguro, les dará tranquilidad, seguridad y certeza a los peruanos que la economía estará en buenas manos”, expresó. Y mientras se retiraba, señaló que el profesor “no es la persona que muestran”.

Daniel Salaverry – excongresista de la República

Castillo presentará «Plan de Gobierno para los 100 primeros días»

Por otro lado, la realización del debate en el penal de Santa Mónica se encuentra en incertidumbre luego que el candidato de Perú Libre confirmara su presencia en el distrito de La Victoria. Según anunció, presentará su «Plan de Gobierno para los 100 primeros días» a la 2 de la tarde.

El anuncio lo realizó a través de sus redes sociales. “Nos ratificamos que somos respetuosos de las autoridades electorales y asistiremos a los debates oficiales, yo y mi equipo, que pronto conocerán”, señaló.

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Pamela Zárate M.

Periodista y editora audiovisual. Culminó sus estudios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y se ha especializado en periodismo digital gracias a la formación de Google Adsense, Google News Initiative y la Fundación Gabo.

Keiko Fujimori niega esterilizaciones forzadas (VIDEO)

Pese a sus declaraciones, son numerosos los testimonios de mujeres andinas y quechua-hablantes que denuncian haber sido sometidas a ligaduras de trompas sin su consentimiento

Por Pamela Zárate M. | 15 mayo, 2021
keiko-fujimori-esterilizaciones

La candidata por Fuerza Popular, Keiko Fujimori negó que se hayan cometido esterilizaciones forzadas durante el mandato de su padre. Ella aseguró que se trató de un plan de «planificación familiar».

“En el caso del proceso que se está llevando sobre las mal llamadas esterilizaciones forzadas. Ese es un plan de planificación familiar. Son investigaciones que se vienen llevando a cabo desde hace 20 años y se han archivado en cuatro oportunidades”. 

Keiko Fujimori – candidata presidencial por Fuerza Popular

La aspirante a la Presidencia manifestó que el proceso judicial se catalogó como esterilizaciones forzadas, pero es totalmente incorrecto. El denominado Plan Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar, se practicó entre 1990 y 2000. Las investigaciones determinaron que unas 300 mil víctimas sufrieron de cirugías forzadas.

Son numerosos los testimonios de mujeres andinas y quechua-hablantes que denuncian haber sido sometidas a ligaduras de trompas sin su consentimiento, bajo coacciones y sin el equipamiento y condiciones mínimas, lo que a algunas les causó lesiones graves e incluso la muerte. Varios de los casos aún siguen un proceso judicial contra el exmandatario.

Keiko Fujimori también ha señalado que indultará a su padre, Alberto Fujimori, quien cumple una condena de 25 años por delitos de lesa humanidad.

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Pamela Zárate M.

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Municipalidad de Chorrillos otorgó permiso para debate en los exteriores del penal | Al Vuelo

Pedro Castillo obtiene 44% frente a su rival de Fuerza Popular que sacó 41% a nivel nacional en la última encuesta de Datum

Por Pamela Zárate M. | 14 mayo, 2021
debate keiko fujimori pedro castillo

Keiko pisa talones a Castillo. La distancia entre Pedro Castillo y Keiko Fujimori se acortó, según Datum. En su primer simulacro de votación el candidato de Perú Libre obtiene 44% frente a su rival de Fuerza Popular que sacó 41% a nivel nacional. El mayor apoyo al docente y dirigente sindical proviene del sur donde llega a 65% y en el centro con 63%.

Debate presidencial de Arequipa. Por fin definieron la ciudad donde se realizará el debate entre Keiko Fujimori y Pedro Castillo este sábado 30 de mayo. Arequipa recibirá a ambos postulantes a la Presidencia de la República, donde expondrán sus propuestas en 6 bloques, que son básicamente sobre el Perú del bicentenario, manejo de pandemia, economía y promoción del empleo, educación, lucha contra la corrupción y Derechos Humanos.

  • Por otro lado, la lideresa naranja indicó que el sábado 6 de mayo esperará a Castillo en los exteriores del penal de Santa Mónica para debatir. Dicho evento ha conseguido el permiso de la municipalidad de Chorrillos.

Protestan contra Keiko. Diversos colectivos sociales de Arequipa han rechazado rotundamente la candidatura de Keiko Fujimori. Por eso hoy realizaron un simbólico lavado de bandera el colectivo «Fujimori Nunca Más», ellos han reiterado que no tienen color político y que su rechazó es al fujimorismo en general. Esta tarde también se realizó una marcha contra la hija de Alberto Fujimori por las calles principales de la ciudad .

10% más pobres este año. De acuerdo con el INEI, la pobreza creció casi 10 puntos porcentuales durante 2020, cerrando el año en un 30.1%. Esto quiere decir que unos 3 millones 330 mil compatriotas cayeron en la pobreza. Las zonas rurales han sido las más golpeadas en el año del coronavirus. No obstante, en Lima Metropolitana la afectación es importante, pasando de un 14.2% a un 27.5% de pobreza, casi el doble. Cifras de espanto que el próximo gobierno deberá revertir.

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Noticias

Arequipa: 27 fallecidos por covid-19 fueron reportados en un día

Según el reporte del 14 de mayo, se registraron los resultados de 6 mil 482 personas, de las cuales 816 fueron confirmadas como casos positivos.

Por Redacción El Búho | 14 mayo, 2021
Covid-19 en Arequipa.

La Gerencia Regional de Salud de Arequipa emitió su reporte con cifras hasta las 00:00 horas del día 14 de mayo del 2021. Informa que se han procesado 1 millón 719 mil 385 muestras por covid-19, sumando 203 mil 003 casos y 1 millón 513 mil 571 negativos.

Según el reporte del 14 de mayo, se registraron los resultados de 6 mil 482 personas, de las cuales 816 fueron confirmadas como casos positivos, tras realizarse el muestreo mediante pruebas rápidas y moleculares. Es decir un 13%.

Al 14 de mayo, se tienen 786 pacientes hospitalizados por covid-19, de los cuales, 99 se encuentran en UCI con ventilación mecánica y 8 pacientes en Trauma Shock, según informa la Geresa.

La Geresa reportó 27 fallecidos recientes, con lo que la cifra acumulada asciende a 4 mil 133 defunciones, según las métricas oficiales registradas en la región. Solo se reportaron 10 fallecidos desde el hospital Honorio Delgado Espinoza, 16 de EsSalud, y 1 en clínica.

El número de pacientes que recibieron el alta subió a 190 mil 256 hasta el momento, en diferentes establecimientos de salud de Arequipa. Entre ellos, 285 que se registraron durante el 13 de mayo, tras confirmarse que superaron la enfermedad producida por covid-19. El total de recuperados equivale al 96% del total de casos detectados en la región hasta el momento.

Covid-19 en Arequipa.

Recomendaciones de Geresa de Arequipa

La Gerencia Regional de Salud (Geresa) de Arequipa emitió una serie de recomendaciones para prevenir el contagio de covid-19. Esta es la manera en que las autoridades piden a la población apoyar en la disminución de los índices de contagio.

  • Lavado frecuente de manos durante 20 segundos.
  • Uso adecuado y permanente de la mascarilla.
  • Distanciamiento social de 2 metros entre personas.
  • Evitar las aglomeraciones y lugares muy concurridos.
  • Finalmente, no salir innecesariamente de casa.

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Elecciones 2021: La segunda vuelta en las regiones

En primer lugar, conversamos sobre los preparativos para la segunda vuelta de las Elecciones 2021

Por El Búho | 14 mayo, 2021

En primer lugar, conversamos sobre los preparativos para la segunda vuelta de las Elecciones 2021; en una mesa redonda con los periodistas de la Red de Medios Digitales del Perú. Luego, dialogamos sobre la problemática de la seguridad ciudadana en las regiones.

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Arequipa: nuevo plan de gobierno de Pedro Castillo no romperá con ideario de Cerrón

Los representantes de Perú Libre en Arequipa calificaron como una maniobra oportunista las supuestas coordinaciones de un “Plan 200”.

Por El Búho | 14 mayo, 2021
arequipa perú libre pedro castillo vladimir cerrón
arequipa perú libre pedro castillo vladimir cerrón

Desde el último jueves, trascendió que el comunicador Miguel del Castillo, hijo del aprista Jorge del Castillo, vendría trabajando en un nuevo plan de gobierno para la postulación de Pedro Castillo. No obstante, un comunicado firmado por el propio candidato de Perú Libre lo desautorizó públicamente. Un rechazó que han refrendado las bases del partido en Arequipa.

El Comité Ejecutivo Regional de Perú Libre calificó la irrupción de Miguel del Castillo como una “maniobra oportunista”, por asumir las gestiones del llamado Plan 200, del que negaron su existencia. Por ello, invocaron a la opinión pública a no dejarse sorprender por estratagemas “desesperadas”, que atribuyen al fujiaprismo.

En la misma línea, también descartaron que se evalúen cambios sustanciales en el ideario que presentó Perú Libre ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Algo que Miguel del Castillo refirió en las entrevistas que brindó en la víspera. Incluso, indicó que el candidato presidencial no solo buscaba distanciarse de las ideas de Vladimir Cerrón, sino también apartarlo de la campaña.

Lo que sí reconocen las bases de Perú Libre en Arequipa es que vienen trabajando en una actualización del ideario y el plan de gobierno a los tiempos de la pandemia. El documento es denominado “Plan Bicentenario, por un Perú Libre de corrupción”. Se espera que se haga público este sábado.

También se dio cuenta que se mantienen coordinaciones para la elaboración del documento con organizaciones de izquierda y movimientos sociales. El coordinador reconocido por el propio Pedro Castillo es Roger Najar Kokally, excongresista de Unión Por el Perú entre 2006 y 2011.

Bases en Arequipa niegan disputas internas

En los últimos días también trascendió un supuesto alejamiento entre Castillo y Cerrón. Al respecto, el congresista electo Jaime Quito descartó disputas en la interna de la agrupación y manifestó que esas informaciones “son inventos”. En cambio, enfatizó en los ejes en los que viene trabajando la agrupación.

“Necesitamos señalarle a la población que estamos trabajando por la educación, la salud, la agricultura, la verdadera reactivación económica, que son temas prioritarios como la pandemia, que en estos momentos nos está azotando y creciendo fuerte nuevamente. Esas son nuestras preocupaciones y eso es lo que se va a precisar en este plan”, acotó.

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Arequipa: marcha «Fujimori Nunca Más» recorrió Centro Histórico (VIDEO y FOTOS)

Con frases como «Fujimori nunca más, narco Estado nunca más», miembros de colectivos y personas autoconvocadas recorrieron esta noche varias calles del Cercado de la ciudad.

Por Redacción El Búho | 14 mayo, 2021

Hoy se realizó una marcha denominada «Fujimori Nunca Más», en contra de la candidata de Fuerza Popular, Keiko Fujimori. Con ese fin, se unieron diversos colectivos de la ciudad de Arequipa.

Con frases como «Fujimori nunca más, narco estado nunca más», miembros de colectivos y personas autoconvocadas recorrieron varias calles del Centro Histórico de la ciudad.

Marcha contra Keiko Fujimori.
(Foto: Yashira Neira / El Búho).

La concentración de esta movilización se realizó a las 17:00 horas en la plaza España. Tras una hora, inició el recorrido por distintas calles como San Juan de Dios, Mercaderes.

Al final llegaron a la Plaza de Armas de Arequipa, donde entonaron la canción Flor de la Retama, rechazando las acusaciones de terrorismo. De esta manera, finalizaron la marcha que tuvo un aproximado de hora y media de duración, tras recorrer las vías aledañas a la plaza mayor.

Marcha Fujimori Nunca Más, en Arequipa.
(Foto: Yashira Neira / El Búho).

Lavado de bandera en Arequipa

Hoy al mediodía, los integrantes del colectivo “Fujimori Nunca Más” realizaron un lavado de bandera como acto simbólico de protesta contra la candidatura de Keiko Fujimori. La actividad se llevó a cabo en el frontis del Poder Judicial, en plena plaza España.

Marcha Fujimori Nunca Más, en Arequipa.
(Foto: Yashira Neira / El Búho).

Dilvia Gálvez, quien conforma este colectivo, descartó que sean militantes del partido político de Pedro Castillo. Sin embargo, comentó que apoyarán las propuestas de Perú Libre.

Marcha Fujimori Nunca Más, en Arequipa.
La movilización inició a las 17:00 horas en la plaza España, luego empezó el recorrido por distintas calles del Cercado de la ciudad. Al final llegaron a la Plaza de Armas de Arequipa, donde cantaron La flor de la Retama (Foto: Yashira Neira / El Búho).

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Arequipa: corte de servicio eléctrico en 3 distritos, este sábado 15

Personal de Seal realizará el mantenimiento de redes en media tensión, reubicación de subestación de distribución. y la subsanación de deficiencias.

Por Redacción El Búho | 14 mayo, 2021
Corte de luz en Arequipa.

La Sociedad Eléctrica del Sur Oeste – Seal ha anunciado cortes de servicio eléctrico programados por mantenimiento. Esta supresión del suministro de electricidad afectará a algunas zonas de 3 distritos de la provincia de Arequipa, y un distrito de Islay. Está programado para este sábado 15 de mayo.

El corte de energía eléctrica se debe al mantenimiento de redes en media tensión, y reubicación de subestación de distribución. Además, personal de Seal realizará la subsanación de deficiencias.

Uno de los distritos afectados por el corte del servicio eléctrico para este sábado 15 de mayo, es Sachaca (Arequipa). Las zonas afectadas son El Buen Pastor, la Quinta Tahuaycani, Los Pastores, Las Condes, Los Diamantes, entre otros. Todas las zonas afectadas se encuentran consignadas en el comunicado de Seal adjunto a esta nota.

También se efectuará el corte en varias zonas del distrito de Yanahuara. En esta jurisdicción se suprimirá el servicio en Cooperativa Entel Perú, Independencia Americana, Las Casuarinas, Los Cedros, Magisterial III, Piedra Santa, San Rafael, Santa Beatriz, entre otros.

Además se anunció el corte programado en León XIII, en Cayma, además en algunas zonas del distrito de Cocachacra en la provincia de Islay. Los detalles se encuentran en los comunicados adjuntos en esta nota.

Números de atención de Seal Arequipa

Seal pide a los usuarios que verifique si estará afectado, buscando su número de subestación (SE) en la parte superior de su recibo. Para cualquier consulta también pueden comunicarse al número directo 054-381388. La atención es de lunes a viernes, de 07:30 a 20:00 horas, y los sábados, de 08:00 a 13:00 horas.

Aquí los comunicados oficiales de Seal:

Corte de luz en Arequipa.
Comunicado de Seal sobre corte de luz en Arequipa.
Corte de luz en Arequipa.
Comunicado de Seal sobre corte de luz en Arequipa.

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Pedro Castillo mantiene ventaja sobre Keiko Fujimori en el sur, 65% contra 22%

Aunque a nivel nacional, la lideresa de Fuerza Popular está cerca de alcanzar al candidato de Perú Libre, con 41% frente a un 44% respectivamente.

Por Redacción El Búho | 14 mayo, 2021
Pedro Castillo y Keiko Fujimori, en encuesta nacional, según Datum.

Pedro Castillo ha logrado mantener su ventaja en el sur del país con un 65% de preferencia de voto Esto frente a un 22% que ha alcanzado Keiko Fujimori, en el primer simulacro con cédulas de votación realizado por Datum Internacional.

A nivel nacional, el escenario es muy distinto, ya que la lideresa del partido político Fuerza Popular ha logrado un 41% de intención de voto. Solo tres puntos la separa del postulante por Perú Libre, que tiene a nivel nacional un 44% de preferencia entre el electorado.

Aparte del sur, en el centro del país Pedro Castillo también mantiene una gran ventaja con 63% frente a un 25% de Keiko Fujimori.

El bastión de Keiko Fujimori radica en Lima, donde tiene 50% de preferencia de votos. En cambio Castillo ha alcanzado un 34% en la intención de voto en la capital.

Y como es conocido, el norte del país también tiene una clara preferencia por la lideresa naranja con 45%. Aunque el candidato de Perú Libre ha llegado a un 39% en esta parte del Perú, logrando estar cerca de su contendora.

Sin preferencia por Pedro Castillo o Keiko Fujimori

Un porcentaje menor pero significativo es el de los electores que han decidido viciar su voto o dejarlo en blanco. En el caso del primero es un 7%, y quienes no marcarán la cedula de votación representan un 8% a nivel nacional.

Además, los electores que no habían decidido su voto, se han reducido de un 12% a un 7% en una semana, desde el último sondeo de Datum.

Desde la última encuesta de Datum de la semana pasada, se puede colar el crecimiento significativo de Keiko Fujimori. Quien logró un alza de 14 puntos porcentuales, es decir de 36% a 44%.

Pedro Castillo y Keiko Fujimori, en encuesta nacional, según Datum.

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Arequipa: colectivo “Fujimori Nunca Más” lava bandera en rechazo a Keiko Fujimori (VIDEO)

«No es posible votar por una opción que representa la mafia, corrupción y violación a los derechos fundamentales en el Perú», indicó Dilvia Gálvez, miembro del colectivo “Fujimori Nunca Más”.

Por Cristhian Cruz Torres | 14 mayo, 2021
Lavado de bandera contra Keiko Fujimori en Arequipa.

Integrantes del colectivo “Fujimori Nunca Más” de Arequipa, realizaron un lavado de bandera como acto simbólico, en rechazo a la candidatura de Keiko Fujimori y de la campaña de desinformación de los medios. Este acto se llevó a cabo en el frontis del Poder Judicial, en plena plaza España.

Dilvia Gálvez, miembro del colectivo, aseguró que no tienen ninguna militancia con el partido político de Pedro Castillo. Sin embargo, comentó que apoyarán las propuestas de Perú Libre.

“No tenemos bandera política ni estamos induciendo el voto. Castillo representa, de alguna manera, el cambio. Ha prometido la Asamblea Nacional Constituyente y una nueva Constitución. No es un apoyo a su persona, sino a su propuesta de gobierno”

Dilvia Gálvez, miembro del colectivo “Fujimori Nunca Más”.

Así mismo, enfatizaron que el fujimorismo no solo fue Alberto Fujimori, sino también es es Keiko Fujimori. Además Kenji Fujimori y todo el grupo que los acompañó en el Congreso en estos años de neoliberalismo.

«No es posible votar por una opción que representa la mafia, corrupción y violación a los derechos fundamentales en el Perú»

Dilvia Gálvez, miembro del colectivo “Fujimori Nunca Más”.

Lavadores en Arequipa

«Justicia, memoria y dignidad» es el lema con el que protestaron, y también las palabras que tenían cada uno de los lavadores en los que realizaron dicho acto. Asimismo, invitaron a que los presentes, entre miembros, periodistas y pobladores de a pie, se sumen al lavado.

Finalizaron anunciando que el próximo sábado 22 de mayo realizarán una macha nacional como parte de la campaña “Fujimori Nunca Más”. La concentración será en la plaza España a las 4:00 p.m.

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Cristhian Cruz Torres

Periodista de día, cinéfilo de noche. Formado en las aulas de la UNSA. Editor audiovisual, generador de contenidos web y redes sociales. Me especializo en temas culturales, tecnológicos y de cine.

Política

Política: Evo Morales llegará al Perú en medio de la contienda electoral

En el evento también participarán autoridades municipales provinciales distritales, dirigentes quechuas y aymaras.

Por Pamela Zárate M. | 14 mayo, 2021
Evo Morales Puno
Evo Morales Puno

Evo Morales llegará al Perú este 17 de mayo para participar en el primer “Encuentro de los Pueblos y Naciones Indígenas Originarias Q´hapaq Ñan” a realizarse en el distrito de Chupa, en la provincia de Azángaro.

El expresidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Morales estaría en la región Puno los días 17 y 18 de mayo para asistir a dicho evento como uno de los expositores. También se anunció que participarán autoridades municipales provinciales distritales, dirigentes quechuas y aymaras. Así lo confirmo el medio de prensa El Objetivo.

El evento abordará temas a tratar como el del corredor socioeconómico entre Perú y Bolivia. Está auspiciado por el Ministerio de Cultura, Descolonización y Despatriarcalización de Bolivia, y el viceministerio de Turismo del país altiplánico.

De cumplir con su agenda, Evo Morales llegaría al país en un clima sumamente caldeado por la competencia entre Keiko Fujimori y Pedro Castillo por la presidencia de la República. El pasado 12 de mayo, el exmandatario expresó su apoyo al candidato de Perú Libre.

“Pedro Castillo ganó la primera vuelta en Perú, porque el programa que presentó es casi el mismo programa que presentamos en el 2005. No es solamente la reivindicación social sino también un cambio estructural. Esa lucha viene de movimientos sociales. Está planteando refundar el Perú, la nacionalización de la minería, de hidrocarburos, que nosotros ya hicimos. Mi respeto y admiración por él”.

Evo Morales – expresidente de Bolivia

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Pamela Zárate M.

Periodista y editora audiovisual. Culminó sus estudios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y se ha especializado en periodismo digital gracias a la formación de Google Adsense, Google News Initiative y la Fundación Gabo.

Política

Héctor Arias juramentó como congresista por Arequipa, a pesar de sentencias

Arias Cáceres reemplaza al investigado Edgar Alarcón. Entre sus condenas, cuenta con una por homicidio culposo, al ser dueño de empresa que colocó bombardas en tragedia del puente Grau de 1996.

Por Sofía Huilcape Meléndez | 14 mayo, 2021
Héctor Arias, reemplazo de Edgar Alarcón, recibe el cargo de congresista por Arequipa.

Héctor Arias Cáceres es el nuevo congresista por Arequipa que entra en reemplazo del investigado Edgar Alarcón. Su nombramiento es sumamente cuestionado debido a que tiene varias denuncias y condenas en su contra.

Una de ellas es la de homicidio culposo, debido a que Arias era el dueño de la empresa Miles S.A., responsable de la tragedia del puente Grau de 1994, en la que murieron electrocutadas 35 personas.

Ante esta situación, ciudadanos como Alberto Peralta remitieron un documento al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para constatar los procesos penales que Arias tiene en su haber. Sin embargo, la respuesta de la secretaria general de este organismo, Lourdes Vargas Huamán, fue que  el JNE solo puede retirar a los postulantes cuando están en campaña, no luego de la elección.

Responsabilidad en el incidente del Puente Grau

“Por la salud de todos los peruanos, por Arequipa y por una nueva Constitución ¡sí, juro!”, dijo Héctor Arias el jueves 13 de mayo, en su juramentación ante la presidencia del Congreso. Arias pertenece al partido Unión por el Perú.

El más antiguo de sus procesos penales inicia en 1996. El 14 de agosto de ese año, en vísperas del aniversario de Arequipa, cientos de personas celebraban en el Puente Grau. En eso, una bombarda mal emplazada fue disparada y chocó contra un cable de alta tensión. Este se desprendió y cayó encima de la gente. El saldo fue de 35 personas fallecidas por el altísimo flujo de electricidad que impactó sus cuerpos.

En las investigaciones posteriores se supo que Héctor Arias era el dueño de la empresa que colocó la bombarda causante de la tragedia. Se le abrió un proceso y fue condenado a cumplir prisión suspendida por el delito de homicidio culposo.

Otros delitos de Héctor Arias

Además de esa condena, Arias tiene otra condena de prisión suspendida por un  delito contra la seguridad pública que data de 1997. El ahora congresista tenía almacenados productos inflamables que, posteriormente, causaron un incendio.

Por otro lado, Arias Cáceres, reemplazo de Edgar Alarcón, también tiene una condena por un delito contra el patrimonio, en la modalidad de usurpación agravada. La resolución de esta condena aún está en vigencia y durará hasta el 2022.

El Congreso de la República es el único organismo que tiene la potestad de mantener a Héctor Arias en su cargo de parlamentario o destituirlo. De ser este último el caso, la periodista Ana Guillén tomaría su puesto, al ser la siguiente en la lista de Unión por el Perú.

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Arequipa: Planta municipal de oxígeno duplica llenado de balones, aquí requisitos

El llenado de balones de oxígeno medicinal subió de 45 a 100 por día, ante incremento de casos en segunda ola, la entrega del recurso gratuito será las 24 horas y durante toda la semana.

Por Pamela Zárate M. | 14 mayo, 2021
planta de oxigeno medicinal
Planta de oxígeno medicinal para pacientes covid-19 en Arequipa.
Para la recarga de los balones se requiere copia del DNI del paciente y la copia de la receta médica, la cual prescriba el uso de oxígeno medicinal.

Arequipa se encuentra al borde de su capacidad hospitalaria. El coronavirus continúa haciendo estragos en las familias arequipeñas, al menos es lo que demuestran las estadísticas. Con más de 200 mil casos confirmados de covid-19 y 21 muertos en menos de 24 horas, la falta de oxígeno medicinal continúa siendo un problema para los familiares de pacientes contagiados.

Afortunadamente, la planta de oxígeno medicinal que se inauguró en el hospital Geriátrico de Arequipa en Cerro Colorado, anunció que duplicó su producción. Antes eran 45 los balones de 10 metros cúbicos al día que se recargaban, ahora es de 100. Hasta el momento, la planta ha realizado 4 mil recargas.

Esta recarga que es gratuita se reinició ayer tras haberse detenido por mantenimiento. Ante la alta demanda el alcalde de Arequipa, Omar Candia, anunció que la entrega del recurso será las 24 horas y durante toda la semana.

Procedimiento para recarga en Arequipa

De acuerdo con la Municipalidad Provincial de Arequipa, para la recarga de los balones se requiere acudir con una copia del DNI del paciente y la copia de la receta médica. La cual prescriba el uso de oxígeno medicinal, donde también debe consignarse los datos del paciente con covid-19.

Además debe constar que la antigüedad del balón no sea mayor de 5 años. Esta documentación es revisada por personal hospitalario, debido a que en el proceso se han identificado 10 casos de documentos falsificados.

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Pamela Zárate M.

Periodista y editora audiovisual. Culminó sus estudios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y se ha especializado en periodismo digital gracias a la formación de Google Adsense, Google News Initiative y la Fundación Gabo.

Así será el debate entre Keiko Fujimori y Pedro Castillo en Arequipa

Este debate organizado por el Jurado Nacional de Elecciones se realizará el 30 de mayo, confirmó Miguel Torres, vocero del partido político Fuerza Popular.

Por Redacción El Búho | 14 mayo, 2021
Debate en Arequipa, entre Pedro Castillo y Keiko Fujimori.

Actualizado el 16/05/2021.- Tras confirmarse el debate del 30 mayo entre Keiko Fujimori y Pedro Castillo, en Arequipa, ya se alistan los preparativos. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó su realización como evento oficial.

Los dirigentes regionales de ambos partidos alistan una serie de actividades para los últimos días de mayo. José Antonio Manrique Salinas, vocero
del fujimorismo en Arequipa, anunció que la candidata Fujimori hablará sobre el desarrollo de proyectos para la región, como el paralizado Majes Siguas II. Esperan su llegada para que visite las zonas más populosas de la provincia. Visitará comedores populares y se reunirá con los gremios de micro y pequeños empresarios. Así, aprovechará también su estadía para reunirse con organizaciones empresariales.

Por su parte, los representantes de Perú Libre, ya se encontraban preparados para la llegada de su líder, puesto que inicialmente estaba prevista para el sábado 15. La gira por el Sur se postergó debido a la estructuración de su programa y equipo de trabajo. Su visita a Arequipa se espera sobretodo en las provincias como Islay y Caylloma.

El alcalde provincial, Omar Candia, dijo al respecto que “como gesto político es interesante que los debates se realicen en las provincias. «Esto va a obligar a ambos candidatos a poner en su agenda programática el tema de la descentralización como un eje transversal”.

Local para el debate

En relación al local donde se realizaría el debate, el subgerente de Promoción del Desarrollo Económico Local de la Comuna Provincial de Arequipa, Elvis Arias, planteó tres posibles escenarios.

Se trata de la Plaza de Armas, el Teatro Municipal de Mercaderes y el Palacio Metropolitano Mario Vargas Llosa. Indicó que la decisión final se tomaría en función del número de asistentes al evento.

“En cualquiera de los tres escenarios que resulten elegidos, se garantizará el cumplimiento de los protocolos ante el coronavirus, así como la respectiva seguridad. Estamos frente al incremento de casos de coronavirus y por ello evitaremos a toda costa las aglomeraciones”, comentó.

Sobre los moderadores aún no están definidos. Se había elaborado una lista de personalidades y comunicadores que se está sometiendo al acuerdo de los candidatos. Se darían a conocer este martes 18, se informó.

Lo que sí se ha descartado es que sea un lugar al aire libre. La directora de
Educación y Formación Cívica Ciudadana del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Milagros Suito, dijo: Uno de los criterios fue el criterio técnico para la transmisión (por TV Perú) y porque debe darse un debate bioseguro”, señaló.

Además indicó que otros factores para elegir a dicha localidad fueron sus bajos índices de contagio de la COVID-19, en comparación con
otras regiones, así como las facilidades que ofrece para alojar y trasladar a organizadores y participantes, dijo.

Temas a debatir

El encuentro tendrá una duración aproximada de dos horas y media. Se iniciará con una presentación de las propuestas durante diez minutos.
Luego tendrán cuatro minutos por cada uno de los seis bloques temáticos: reforma del Estado; reactivación económica; salud y manejo de la pandemia; descentralización; seguridad y medio ambiente. En estos
espacios responderán preguntas, incluida una consulta hecha por la ciudadanía.

Los seis bloques serán:

  1. El Perú del Bicentenario
  2. Salud y manejo de la pandemia
  3. Economía y promoción del
    empleo
  4. Educación, ciencia e innovación
  5. Lucha contra la corrupción e integridad pública
  6. Derechos humanos, políticas sociales y atención a poblaciones vulnerables.

NOTA ORIGINAL

Quien confirmó la ciudad donde se realizará este evento electoral fue Miguel Torres, vocero del partido político Fuerza Popular. Esto, después de sostener una reunión los representantes de ambos partidos políticos que disputan la segunda vuelta electoral.

«De acuerdo a lo que nos ha informado Luis Galarreta, sería este 30 de mayo en la ciudad de Arequipa»

Miguel Torres, vocero del partido político Fuerza Popular.

Miembros del Jurado Nacional de Elecciones participaron de esta reunión, para llegar a un consenso sobre los temas que se tocarán en el debate presidencial que habrá antes de las elecciones.

Temas de debate en Arequipa

Además el vocero de Fuerza Popular enumeró los 6 puntos que se debatirán este 30 de mayo en la ciudad, acordado por los dos partidos políticos. Ambos candidatos deberán exponer sus propuestas en 6 bloques, los temas son:

  • El Perú del bicentenario
  • La salud y el manejo de la pandemia
  • La economía y promoción del empleo
  • Educación, ciencia e innovación
  • Lucha contra la corrupción e integridad pública
  • Derechos Humanos, políticas sociales y atención a poblaciones en situación de vulnerabilidad

Sobre moderadores y local de debate

El Jurado Nacional de Elecciones informó que el debate iniciará con una exposición de tres minutos por cada candidato. Posteriormente se realizarán preguntas y respuestas entre ellos de acuerdo al tema del bloque, lo cual permitirá el debate y posición de ambos sobre la temática propuesta.

Además, el JNE informó que habrá un bloque de pregunta ciudadana para Pedro Castillo y Keiko Fujimori. Aquí se harán 2 preguntas de ciudadanos de todo el país, por cada eje temático, es decir, serán 10 preguntas ciudadanas. Finalmente, cada candidato dará un mensaje de cierre.

El martes 18 se definirán quienes serán los moderadores del debate, para ello el JNE planteará “una lista de diversas personalidades del periodismo local y nacional”.

La semana pasada hubo propuestas formales de autoridades de Arequipa para que se realice, por ejemplo en la plaza del distrito de Yanahuara. Aunque no hubo respuesta del pedido del alcalde de esta jurisdicción Anghelo Huerta Presbítero.

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Redacción El Búho

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Noticias

Anuncian caravana a favor de Keiko Fujimori en Arequipa, este sábado

El representante de Fuerza Popular señaló que se está ampliando el alcance de la campaña en la región, tras inaugurar un nuevo local en Caylloma.

Por Sofía Huilcape Meléndez | 14 mayo, 2021
Supporters take part in Peru's Presidential candidate Keiko Fujimori's campaign closing rally, in Lima, Peru April 8, 2021. REUTERS/Sebastian Castaneda
Caravana en apoyo a Keiko Fujimori en Arequipa.
En contraste, en el marco de la “Campaña Nacional Fujimori Nunca Más”, diversos colectivos convocaron a un lavado de bandera (Foto: REUTERS/Sebastian Castañeda).

Unidades motorizadas circularán en las calles de Arequipa en apoyo a Keiko Fujimori mañana por la tarde. El secretario de Fuerza Popular en Arequipa, José Manrique, confirmó que se realizarán ésta y otras actividades proselitistas hasta el 6 de junio, día de las elecciones.

Manrique sostuvo que la caravana podrá desarrollarse sin problemas gracias a la cancelación de la visita de Pedro Castillo. Recordemos que también estaba proyectada para realizarse este sábado.

El representante de Fuerza Popular señaló que se está ampliando el alcance de la campaña en Arequipa, pues recientemente se abrió un nuevo local del partido en Caylloma.

Se espera que en las próximas horas se conozca si Keiko Fujimori visitará la Ciudad Blanca para ser partícipe de la caravana. Por lo pronto, se confirmó que el 30 de mayo la lideresa naranja estará presente en la ciudad, junto a Pedro Castillo. La razón es el debate organizado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Contrastes con antifujimorismo en Arequipa

A la par de los preparativos del evento de Fuerza Popular, ciudadanos arequipeños realizaron una manifestación antifujimorista este viernes. 

En el marco de la “Campaña Nacional Fujimori Nunca Más”, diversos colectivos convocaron a un lavado de bandera en rechazo al expresidente Alberto Fujimori y a su hija. El evento se desarrolló en la plaza España al mediodía. 

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Arequipa: Sociedad Agrícola rechaza propuesta de Castillo sobre prohibir importaciones

«Cerrar fronteras solo generaría una quiebra total para el Perú. Todos los países exigen los mismos derechos, todos exigen reciprocidad».

Por Cristhian Cruz Torres | 14 mayo, 2021
Agricultores rechazan propuesta de Pedro Castillo, en Arequipa.

Uno de los sectores más afectados por la pandemia ha sido el agrario. El presidente de la Sociedad Agrícola de Arequipa (SADA), Jesús Díaz Salas, ha cuestionado que tanto Pedro Castillo como Keiko Fujimori, no han presentado propuestas responsables y viables que beneficien a los agricultores.

«Esperamos una agenda agraria por parte de los candidatos. Hemos perdido competitividad, no hay innovación, no hay planificación, no hay investigación por parte de las universidades, el Minagri no está haciendo su trabajo»

Presidente de la Sociedad Agrícola de Arequipa (SADA), Jesús Díaz Salas.

En Arequipa, contra propuesta de Castillo

En el último debate, el candidato de Perú Libre propuso prohibir las importaciones de productos que ya se producen en Perú. Según Díaz Salas, esta idea pondría en riesgo la seguridad alimentaria y la demanda interna, ya que el país se aislaría y habría sobreproducción.

«Cerrar fronteras solo generaría una quiebra total para el Perú. Todos los países exigen los mismos derechos, todos exigen reciprocidad»

Presidente de la Sociedad Agrícola de Arequipa (SADA), Jesús Díaz Salas.

Sin embargo, Díaz Salas negó que apoyen a la candidata de Fuerza Popular, Keiko Fujimori. Otras instituciones como la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú) también se opone a esta propuesta del candidato de Perú Libre, Pedro Castillo.

Paneles anticomunistas han afectado al sector

La aparición de varios paneles y carteles en las principales avenidas de Lima y Arequipa, y la posterior subida del dólar han afectado duramente al sector. Jesús Díaz comentó que el precio de los fertilizantes, los pesticidas y la mano de obra han subido exponencialmente, calificando a estos anuncios de irresponsables.

Asimismo, exigió que todos los agricultores del Perú deberían tener prioridad para la vacunación.

«Deberíamos ser considerados para la vacuna, somos la primera línea de sanidad en los alimentos. Sin los agricultores no hay alimento»

Presidente de la Sociedad Agrícola de Arequipa (SADA), Jesús Díaz Salas.

Comentó también que ya han enviado un documento al Gobierno Regional haciendo este pedido, pero hasta ahora no han recibido respuesta.

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Cristhian Cruz Torres

Periodista de día, cinéfilo de noche. Formado en las aulas de la UNSA. Editor audiovisual, generador de contenidos web y redes sociales. Me especializo en temas culturales, tecnológicos y de cine.

Arequipa: agreden a personal de Honorio Delgado, tras fallecimiento de paciente por covid-19

La jefa de Emergencia del Honorio Delgado explicó que el nosocomio recibe a diario un promedio de 60 pacientes, de los cuales casi el 50% requieren una cama UCI.

Por Ibón Machaca | 14 mayo, 2021
Arequipa: aumentan las agresiones al personal de salud del hospital covid

El comportamiento agresivo hacia médicos y enfermeras crece de manera alarmante en el hospital Honorio Delgado. Este jueves, el nosocomio ha alertado sobre el ataque físico a un directivo por parte de familiares de un paciente con covid-19. Estos ataques se producen cuando la región Arequipa afronta momentos críticos por la segunda oleada del coronavirus.

Los actos de violencia contra el personal sanitario han ido ascendiendo conforme la pandemia deja sin capacidad de respuesta al hospital. La falta de camas y de especialistas ha conllevado que la gente reaccione de manera violenta y sea el personal quien sufra las consecuencias.

Ataque a personal de hospital covid de Arequipa

Mediante un comunicado, el hospital regional Honorio Delgado hizo públicos “los ataques, acusaciones y amenazas al personal” de todas las áreas, por parte de familiares y usuarios afectados por la covid 19.

El comunicado informa que este 12 de mayo una persona agredió a un directivo del nosocomio tras la pérdida de su familiar por la pandemia. El paciente estaba a la espera de una cama UCI, sin embargo, autoridades del nosocomio han hecho conocer que desde hace meses todas se encuentran ocupadas.  

Estos hechos no son nuevos. Durante la primera ola, los trabajadores de salud también fueron objeto de agresiones y amenazas por lo que fue necesaria la intervención del Ejército. Los casos disminuyeron mientras la pandemia iba cediendo. Sin embargo, en esta segunda ola de covid-19, los episodios de violencia otra vez se vuelven a repetir.

El hospital ha denunciado actos de violencia contra su personal. A su vez, ha indicado que la frustración que enfrentan por la falta de capacidad, no debe ser excusa para para violentar a los trabajadores que luchan a diario por salvar vidas.

“Denunciamos estos hechos con la espera de sensibilizar a la población. En más de un año de crisis sanitaria no es tolerable que se maltrate a quienes lideran la lucha y están involucrados en las miles de recuperaciones logradas por nuestra institución”

Comunicado del hospital Honorio Delgado.

Colapso de hospital covid

Actualmente el hospital Honorio Delgado de Arequipa se encuentra al borde de un colapso, ante la numerosa cantidad de pacientes que llegan a diario.

Tal como explicó la propia jefa de Emergencia del hospital covid Arequipa, Álida Huamán, el nosocomio recibe a diario un promedio de 60 pacientes, de los cuales casi el 50% requieren una cama UCI.

Asimismo, hay una lista de espera de pacientes que esperan ser hospitalizados. A la fecha, el área de Triaje viene funcionando como un centro hospitalario ante la falta de recursos.

El hospital ha incidido en señalar que las reuniones sociales y falta de cuidados son las principales causas de los contagios, y el origen de pacientes graves por covid-19. “Si nuestra comunidad no es responsable de su salud, nadie podrá evitar más víctimas en esta pandemia”.

Comunicado de hospital para pacientes covid-19 en Arequipa.

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Ibón Machaca

Periodista en Arequipa. Es colaboradora de El Búho y ha laborado en varios medios de comunicación. Se especializa en temas medioambientales, derechos humanos y de la mujer.